viernes, 28 de diciembre de 2012

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Ley SEPA, de Servicios de pago (derecho de nuestros clientes a la devolución de adeudos domiciliados)

A continuación presentaremos las características más importantes acerca de la Ley de Servicios de Pago.

En dicha ley, se regula expresamente el derecho de los clientes a dar orden de devolución de adeudos domiciliados. Se distingue en la norma dos plazos para dar la orden de devolución, que se aplican en función de si el cargo en cuenta estaba o no previamente autorizado.

Es importante conocer la Devolución de recibos en el Banco, es por eso que debemos prestar atención a lo siguiente:

1.-Si no estaba autorizado, cuando el cliente tenga conocimiento de que se ha producido una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente, deberá comunicar la misma sin tardanza injustificada a la entidad, a fin de poder obtener rectificación de ésta y, salvo en los casos en los que la entidad no le hubiera proporcionado o hecho accesible al usuario la información correspondiente a la operación de pago, la comunicación deberá producirse en un plazo máximo de trece meses desde la fecha del apunte (se puede pactar un plazo inferior si el usuario no fuera consumidor, en cuyo caso habrá que estar a lo pactado).

2.- Si el adeudo estaba previamente autorizado, la ley indica que el cliente tendrá derecho a la devolución de la cantidad total correspondiente a las operaciones de pago autorizadas siempre que se satisfagan las siguientes condiciones:

El cliente y la entidad podrán convenir en el contrato marco que el ordenante tenga derecho a devolución de adeudos domiciliados incluso cuando no se cumplan las condiciones para la devolución contempladas anteriormente. El plazo máximo para dar esta orden de devolución es de ocho semanas, contadas a partir de la fecha de adeudo de los fondos en la cuenta del cliente.

En el plazo de diez días hábiles desde la recepción de una solicitud de devolución, la entidad deberá devolver el importe íntegro de la operación de pago o bien justificar su denegación de devolución, indicando en este caso los procedimientos de reclamación, judiciales y extrajudiciales, a disposición del usuario.

La mayoría de los clientes de bancos y cajas de ahorro tiene recibos de otras empresas domiciliados en sus cuentas a la vista: la luz, el teléfono, la comunidad, etc. Es una forma muy cómoda de gestionar los pagos, pero…
¿qué pasa si le cargan un recibo con el cual no está de acuerdo o si quiere dejar de pagar los servicios de la empresa emisora?
Usted tiene derecho a devolver un recibo bancario procedente de otra empresa, si no quiere pagarlo. En principio, es necesario demostrar que la autorización de pago no incluía el importe exacto del recibo, o que la cantidad es mayor de lo esperado; sin embargo, puede acordar con el banco la posibilidad de devolver cualquier recibo, aunque no se cumplan estas condiciones. Sólo tiene que comunicárselo en un plazo máximo de 8 semanas.
Además, puede o mejor dicho, debe solicitar a su entidad que deje de pagar futuros recibos de una empresa si ya no va a utilizar sus servicios.
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Informe "La Caixa" perspectivas 2013

Informe Mensual 2013 

Hace unos años, en plena polémica sobre los riesgos geopolíticos que planteaba la situación de Irak, Donald Rumsfeld, el secretario de defensa de Estados Unidos, pronunció unas frases con frecuencia recordadas. Dijo: «Hay certezas conocidas; esto es, cosas que sabemos que sabemos. Hay incógnitas conocidas, es decir, cosas que sabemos que no sabemos. Y hay incógnitas desconocidas; o sea, cosas que no sabemos que no sabemos».

Los elementos del escenario que ofrecen más certidumbre se refieren a determinadas fuerzas estructurales que ya llevan tiempo en marcha y que, todo hace pensar, seguirán activas por algún tiempo adicional. Por lo general, significan vientos de cara para los países desarrollados y de cola para los emergentes.

La más importante es el proceso de desapalancamiento en el que todavía están inmersos numerosos sectores de países avanzados clave, como Estados Unidos, Reino Unido y varios de la eurozona. Familias, Gobiernos y entidades financieras deben reducir sus niveles de deuda, lo que constituye un freno a la expansión del gasto y del crédito en estos países.

En el caso del sector financiero europeo, para que el proceso de desapalancamiento se pueda llevar a cabo de manera acompasada, es imprescindible seguir avanzando de forma decidida en el proceso de reformas, tanto a nivel nacional como europeo.

Como contrapunto, los países emergentes presentan niveles bajos de endeudamiento, y cuentan además con diversas palancas impulsoras del crecimiento: la demografía, la adopción de progresos tecnológicos, la liberalización de mercados, y una estabilidad política y social cada vez más consolidada.

Las «incógnitas conocidas» son factores de riesgo ya identificados que pueden alejarnos de esas cifras, para bien o para mal. La lista es larga, pero las más destacadas se remiten a las actuaciones de política económica e institucional, así como la calibración de sus efectos.




miércoles, 26 de diciembre de 2012

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Temarios Oposiciones 2013 a nivel VII (ya disponibles para su descarga)


Hola a todos los interesaros, dando una vuelta por las páginas de nuestros sindicatos hemos visto que ya están en la web de UGT (disponibles para su descarga),  los temarios de las oposiciones 2013 a nivel VII. Hemos consultado con nuestro delegado y nos indican que están activando la formación ON-LINE y que la tendrán funcionando en unos días. 

Os dejamos enlace de acceso


sábado, 22 de diciembre de 2012

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Visto bueno para las prejubilaciones



Todos los medios de prensa se han hecho eco de la operación por la que CaixaBank ha generado una plusvalía de  200 millones de €uros, vendiendo una red de locales al magnate Carlos Slim, de la misma forma el 30 de noviembre publicábamos un post en este Blog, en el que indicábamos el beneficio de 524 millones con una operación de seguros con el multimillonario Buffet , si sumamos, son muchos millones de Euros, es posible que esta generación de ingresos atípicos sea el detonante que ha liberado las prejubilaciones pendientes. 


La empresa ha dado el visto bueno para las prejubilaciones de los empleados de Julio de 1954 (sólamente), aunque parece posible que en breve se realice algún pronunciamiento sobre el resto de compañeros del  54 (vamos los que tienen 58 años), Al parecer en  esta próxima semana se firmarán los acuerdos entre empresa y nuestros representantes sindicales, momento en el que se definirán los circuitos y procedimientos que concretan esta medida.


A los empleados afectados, desde DdR les deseamos lo mejor para su nueva etapa, siempre serán bienvenidos, y siempre serán nuestros compañeros.

Esta información nos ha llegad0 al buzón datosdereferencia@gmail.com desde el sindicato UGT, recordamos a todos que este buzon está disponible, para cualquier aportación que sea de interés para los empleados de Caixabank.

jueves, 20 de diciembre de 2012

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176 nuevos Traslados Forzosos


176 traslados forzosos entre el 26 de noviembre y el 1 de enero, comunicados a los trabajadores afectados en las zonas de Valencia, Leoia, Bilbao, Llodio, Donostia-San Sebas, Getxo, Vitoria-Gasteiz, Irun, Hondarribia, Tolosa, Basauri, Errenteria, Eibar, Beasain, Portugalete, Madrid, Mostoles, Collado Villalba, Getafe, Coslada, Colmenar Viejo, Pamplona-Iruña, Las Rozas de Madrid, San Sebastian de los Reyes, Alcala de Henares, Logroño, Calahorra, Zaragoza, Burlada, Mtilva-Mutiloa, Pamplona-Iruña, Ansoain, Berriozar, Murchante, Cintruenigo, Peralta, Zaragoza, San Adrian, Viana, Corella, Tafalla, Alfaro, Haro, Jaca, Barcelona, Durango, Derio, Valladolid, Calahorra, Fuenlabrada, Torrejon de Ardoz, Leganes, Valdemoro, Arganda del Rey, Alcobendas, Guadalajara, Azuqueca de Henares, Marchamalo, Yunquera de Henares, Fuenmayor, Derio, (según indica la empresa, y así nos lo hace llegar nuestro delegado de UGT).


De est@s compañer@s, ya están algunos en su nuevo destino, otros la mayoría tienen fecha de incorporación 1 de Enero de 2013, esperamos que la adaptación a su nuevo destino sea rápida tratándose de un cambio de cultura, residencia, usos sociales, y en muchos casos incluso la lengua de uso más corriente.

Recordamos que nuestro trabajo exige unos deberes para con la empresa, pero que también tenemos unos derechos recogidos en la norma y en los acuerdos vigentes, por ello cualquier duda sobre nuestra posición, nuestros nuevos destinos, el trato recibido, u otros aspectos que pudieran incidir en nuestra vida laboral, y como no personal y familiar, no debemos dudar en traspasarlas a nuestros representantes sindicales para que así se ponga orden donde sea necesario. 


Ah, por cierto, con la relación de personas afectadas por estos traslados, todos profesionales, todos comprometidos con su trabajo, nadie puede dudar de su esfuerzo, por lo que debemos ya de abandonar el sometimiento al chantaje, al acoso moral y psicológico que se realiza en algunos casos a los trabajadores, utilizando la posible movilidad geográfica como castigo a la no sumisión, fuera de condiciones de contrato, y fuera de ley (como así lo demuestra la jurisprudencia), porque tenemos una jornada y unas tareas definidas, con la que debemos cumplir, pero TENEMOS UN ENTORNO FAMILIAR Y PERSONAL QUE LA EMPRESA DEBE RESPETAR, (COMO ASÍ PUBLICA A LOS 4 VIENTOS). Por tanto insistimos abandonemos el sometimiento al chantaje, y centrémonos en lo que mejor sabemos hacer que es desarrollar profesionalmente nuestro trabajo, lo que tenga que ser será.