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lunes, 10 de febrero de 2014

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CIRCULAR CCOO Fondo de Pensiones, balance del año 2013

 
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14 02 10 CCOO Fondo de Pensiones, balance del año 2013


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domingo, 21 de julio de 2013

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Acuerdo sobre modificaciones del Plan de Pensiones


El pasado día 16 se firmó el acuerdo de modificación del PLAN DE PENSIONES. Como indica el mismo acta de la firma, las modificaciones son consecuencia de la integración de Banca Cívica, Banco de Valencia, así como del acuerdo de reestructuración de CaixaBank de fecha 27 de marzo de 2013. También se propone la actualización de las especificaciones de otros aspectos pendientes (asignación déficit del Plan y actualización de situaciones de excedencia con derecho a aportaciones.



domingo, 14 de julio de 2013

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Reunión comisión de seguimiento ALI. ¿Tienes algo que decir?, AHORA es el momento





Como habéis podido seguir en nuestro calendario de fechas y eventos el próximo martes 16 de este mes se reúne nuevamente la comisión de seguimiento del ALI. Hacemos un llamamiento a todos para crear un hilo de conversación que pueda transmitir a nuestros representantes en esa reunión cuales son nuestras inquietudes, cuales son aquellas cuestiones y aquellos temas que aún sin estar aclarados se han aparcado y de los que nadie da respuesta, aquellos asuntos que pueden ayudarnos a entender el discurrir de los acontecimiento de los últimos meses con la aplicación del ALI, que regula la integración de los compañer@s procedentes de las Cajas que componían Banca Cívica, y por el que se han trasladado ~850 famílias, y han salido a la calle un número aún desconocido de compañeros/as. ¿Por qué Caixabank sigue aplicanto a su antojo algunos temas muy concretos en el acuerdo?, ¿por qué se les niega la posibilidad de un concurso de traslados público y regulado a todos los desplazados?, y de este modo cualquier duda que nos inquiete.

Quizás si todos exponemos nuestras cuestiones al respecto, nuestros representantes los tengan presentes para introducirlos en el orden del día de esa mesa. Por lo tanto ahora es el momento, no luego, hagámosles llegar nuestras inquietudes antes del próximo martes. Deja tus comentarios, y expresa con claridad cuantos asuntos tengas pendientes de resolver.


Por cierto parece ser que en el mismo foro se tratarán asuntos relacionados con los planes de pensiones de los empleados, de lo que de seguro nos informarán nuestros sindicatos.

domingo, 17 de marzo de 2013

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La reforma de las pensiones respeta los pactos alcanzados antes de abril por lo que el ERE de Caixabank "La Caixa" tiene prisas por definirse

 

Los expedientes de regulación de empleo (ERE) presentados antes del 15 abril ante las autoridades de Empleo y cuyos efectos duren hasta 2019 se respetarán tal como fueron aprobados.
  • La edad legal de jubilación se situará en 67 años en 2027
  • Hasta alcanzar ese objetivo final, se subirá de forma progresiva cada año
  • Los que cumplen 65 años en 2013, tendrán que jubilarse a los 65 años y un mes
  • Si han cotizado más de 35 años y 3 meses, podrán retirarse a los 65 años justos
  • Para calcular la pensión, se tendrán en cuenta los últimos 16 años de cotización
  • El objetivo es hacer el cálculo con 25 años de cotización en 2027

La reforma de las pensiones respeta los pactos alcanzados antes de abril

Los ERE y convenios pactados antes del 1 de abril que incluyan jubilaciones anticipadas y parciales se regirán por la normativa anterior, siempre que sus efectos se produzcan antes de 2019

 El Real Decreto-ley que modifica las condiciones de las jubilaciones anticipadas, las parciales y las prejubilaciones respeta los acuerdos alcanzados antes del 1 de abril en el marco de ERE, convenios colectivos, acuerdos de empresa o decisiones concursales. En estos casos, aunque sus efectos se hagan sentir después del 1 de abril, se aplicará a los afectados la normativa anterior. El único límite: que esos efectos se dejen sentir antes del 1 de enero de 2019.
 Las personas afectadas por pactos de empresa, convenios, ERE o decisiones en el marco de un procedimiento concursal "aprobados, suscritos o declarados" antes del 1 de abril de 2013 no tienen que temer que las nuevas normas sobre jubilación o prejubilación les afecten. Para ellos, regirá la normativa anterior, incluso la anterior a la reforma de pensiones de 2011, que no llegó a entrar en vigor en estas materias. Incluso si esos pactos contemplan aspectos que se aplicarán después del 1 de abril (por ejemplo, un programa de jubilaciones parciales a ejecutarse en los próximos años) lo pactado será respetado y se regirá de acuerdo con la normativa anterior. Hay una excepción: que esos efectos no se dejen sentir más tarde del 1 de enero de 2019.
Esta salvedad se incluye, según el Gobierno, para evitar que se cierren a toda prisa pactos que "blinden" a trabajadores y empresas contra la nueva regulación. Se trata de impedir, por ejemplo, que un convenio consagre las viejas normas con un horizonte de décadas. Desde el ejecutivo consideran que el margen que se da para la aplicación de los acuerdos ya alcanzados (de aquí a 2019) es suficiente para que lo previsto en ellos se desarrolle sin que ninguno de los trabajadores afectados por ellos se vea alcanzado por las nuevas normas.
Por resumir: los que se hayan quedado sin empleo antes del 1 de abril de 2013 y no vuelvan a verse incluido en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social; los que vean su relación laboral extinguida o suspendida por ERE, convenios, acuerdos de empresa o decisiones concursales adoptadas antes del 1 de abril; y los que hayan accedido a la jubilación parcial o hayan sido incorporados a planes de jubilación parcial antes del 1 de abril (al margen de cuándo se haga efectiva esa jubilación parcial) seguirán rigiéndose por la anterior normativa de pensiones de jubilación, siempre que esas pensiones se causen antes del 1 de enero de 2019.
Para evitarse problemas, las empresas y representación de los trabajadores tienen hasta el 15 de abril para notificar a la Seguridad Social los pactos de este tipo alcanzados antes de comienzos del mes que viene.
Subsidio de mayores de 55 años
Otra de las medidas incluidas en el decreto del Gobierno que entrará en vigor este domingo es el endurecimiento en el acceso al subsidio de desempleo para mayores de 55 años. Este endurecimientosólo afectará a los nuevos solicitantes de esta ayuda; aquellos que ya la están cobrando (unos 380.000) seguirán rigiéndose por la normativa anterior. Unas 7.000 personas al mes solicitan este subsidio; el Gobierno calculan que los nuevos umbrales dejarán fuera al 15% de esos solicitantes.
Compatibilidad de salario y pensión
El decreto abre la puerta a que las personas con carreras largas y que hayan alcanzado la edad legal de jubilación puedan seguir trabajando, percibiendo a la vez un sueldo y el 50% de la pensión que les correspondería. A esta medida pueden acogerse los interesados desde la entrada en vigor del decreto, el domingo 17 de marzo, en principio (los trámites de las medidas nuevas siempre llevan tiempo en materia de Seguridad Social).
Conviene recordar, en el caso de los empleados públicos que llegados a la edad de jubilación quieran acogerse a esta fórmula de compatibilizar salario y pensión, que tendrán que buscarse una actividad distinta: el decreto prohíbe que esta fórmula se pueda utilizar si el empleo es público.
Empresas afectadas por la nueva normativa de prejubilaciones
Un capítulo del decreto que no afecta a los trabajadores, sino a las empresas, es el referido al que establece penalizaciones para las compañías grandes que despidan a una proporción elevada de mayores de 50 años. En este caso el decreto afectará a todas las empresas que hayan "iniciado" estos procesos a partir del 1 de enero de 2013, así que entre las posibles afectadas por esta nueva normativa podrían estar -entre otras compañías- Bankia o Iberia, que han cerrado sus despidos hace poco. Para saber si tendrán que pagar una cantidad extra por los despidos de mayores de 50 años habrá que esperar, en todo caso, a sus resultados económicos en los próximos años.




El Ejecutivo modifica la normativa que obliga a las empresas en beneficios y con más de 100 empleados a compensar al Tesoro si incluyen en despidos colectivos a trabajadores mayores de 50 años. Ahora solo compensarán al Tesoro si el porcentaje de los mayores de 50 años incluidos en el despido colectivo es superior a su peso relativo en el conjunto de la plantilla.
El Gobierno también ha endurecido el acceso al subsidio de desempleo para los mayores de 55 años y ha establecido que, para cobrarlo, no se tendrán en cuenta como hasta ahora sólo las rentas del beneficiario sino las de la unidad familiar. Así, se considerará que existe carencia de renta cuando ésta no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (641,30 euros en 2013) excluidas las pagas extraordinarias.

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La reforma de las pensiones en España es más exigente que en otros países

 

La reforma del sistema de pensiones es una exigencia de Bruselas y no ha terminado con el endurecimiento de la jubilación anticipada. Dentro de poco, un grupo de expertos estudiará cómo introducir el factor de sostenibilidad, un mecanismo automático de ajuste de elementos como la edad de jubilación, el cálculo del importe de la pensión, los años cotizados o incluso la revisión o no de las pensiones con la inflación. Ese será el nuevo ajuste, pero España ha introducido ya reformas más exigentes que otros países, como el periodo transitorio para retrasar la edad legal de jubilación ordinaria aprobado en la ley de 2011 que entró en vigor en enero de este año. El periodo transitorio que concluye en 2027 para llevar la edad legal de retiro a los 67 años, es más ambicioso que el de Alemania, que acaba en 2029, o el de Austria que eleva la edad de retiro sólo a 65 años y, además, en el año 2033, o que el de Dinamarca, que comenzará la reforma en 2024.

Con el freno a la jubilación anticipada y la compatibilización entre trabajo y pensión, el Gobierno quiere prolongar la vida laboral de los trabajadores de más edad y acercar la edad real de jubilación a la edad legal. No obstante, la edad real de jubilación en España (62,9 años) está por encima de la de Francia, Italia, Bélgica o Finlandia. La media de la edad de retiro, sin embargo, es superior en Alemania, Reino Unido o Irlanda. 

Otra de las justificaciones para endurecer las condiciones es la sostenibilidad del sistema. No obstante,España no es el país que más gasta en su sistema de pensiones, un 10,7% del PIB en 2010 frente al 12,8% de Alemania, el 14,4% de Francia o el 16% de Italia. Lo que sí prevé la OCDE es que para 2050, por el envejecimiento de la población, este gasto pase a representar el 14%, aunque seguiria por debajo de Portugal (15,1%) o Alemania (15,4%). 


 

CCOO y UGT creen que la reforma de las pensiones "burla el Pacto de Toledo"

"un nuevo recorte injusto, innecesario y excesivo"

CCOO y UGT han criticado la reforma del sistema de pensiones aprobada hoy por el Gobierno porque se trata de un recorte que "burla el diálogo social y el Pacto de Toledo". En un comunicado conjunto, los sindicatos denuncian que el Gobierno "vuelve a utilizar como excusa" la situación coyuntural que atraviesa el sistema de la Seguridad Social para imponer "un nuevo recorte injusto, innecesario y excesivo".
15 mar (EFECOM).- CCOO y UGT han criticado la reforma del sistema de pensiones aprobada hoy por el Gobierno porque se trata de un recorte que "burla el diálogo social y el Pacto de Toledo".
En un comunicado conjunto, los sindicatos denuncian que el Gobierno "vuelve a utilizar como excusa" la situación coyuntural que atraviesa el sistema de la Seguridad Social para imponer "un nuevo recorte injusto, innecesario y excesivo".
Lo consideran innecesario porque creen que el cambio en la jubilación anticipada y parcial "ya estaba previsto" en la reforma del Gobierno anterior.
Asimismo, consideran la reforma injusta porque se basa "en la traslación de una idea falsa" de los jubilados anticipados, que el Gobierno "intenta presentar" como "personas insolidarias que abusan del sistema".
Además, creen que se trata de una reforma "inexplicable y excesiva" en un momento de crisis en el que "han disminuido las redes de protección social". 

 

     

domingo, 20 de enero de 2013

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Planes de pensiones, 5% efectivo por traspaso desde otras entidades

Una campaña que se mantiene abierta hasta finales de este mes de enero y que está en el mercado de la mano de La Caixa, como es su Campaña Planes de Pensiones La Caixa 2012-2013. Aunque muchas entidades acabado el año ya han cerrado sus campañas, La Caixa la mantiene abierta para todo este mes de enero.
Campaña Planes de Pensiones La Caixa 2012-2013 (logo_laCaixa_principal1)
Se trata de una campaña exclusiva por internet para clientes IN por medio de la cual la entidad y en la cual la entidad premiará con una bonificación del 5% en efectivo a aquellas personas que efectúen el traspaso de su plan de pensiones a uno de los comercializados por La Caixa.
Además, para el resto de los clientes o los nuevos podrán acceder a otra promoción por medio de la cual podrán obtener el 2 o 3% del importe traspado.
Para obtener el 5% del importe traspasado en efectivo, participan de esta promoción todos los traspasos desde otras entidades realizados del 1-11-2012 al 31-01-2013, a cualquiera de los planes incluidos en esta promoción, y efectivas antes del 01-03-2013. El pago de la bonificación será abonada con fecha valor 01/03/2012, y exige un periodo de permanencia hasta el 01/01/2017.

http://www.banqueando.com/2013/01/18/campana-planes-de-pensiones-la-caixa-2012-2013/

domingo, 30 de diciembre de 2012

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El 1 de Enero entra en vigor el Real Decreto (Reglamento) de la Ley, que reformó el sistema de Pensiones

 
Os dejamos nota de prensa del Gobierno con algunas cuestiones de la norma, Ley completa y Real Decreto. desde DdR pensamos que es de interés para todos, y que puede aclararnos dudas que se nos plantearán antes o después. Entrará en vigor el 1 de enero.

  • Se opta por el cómputo más beneficioso para la asimilación a periodo cotizado para mujeres y hombres con hijos a cargo en situaciones de interrupción de la cotización por nacimiento o adopción
  • Los trabajadores que en la última fase de su vida laboral hayan incurrido en situaciones de desempleo podrán aplicarse directamente la ampliación de periodo de cálculo hasta 25 años para mejorar su pensión
28 diciembre 2012
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el Real Decreto que desarrolla algunas disposiciones contenidas en la ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la seguridad social,  que entrará en vigor el 1 de enero.

El objetivo del decreto es clarificar diversos aspectos, entre ellos, la adaptación a los periodos transitorios de la regla de cómputo temporal de los requisitos para acceder a las prestaciones. Un ejemplo de ello es la cuantificación de la edad ordinaria que al final del periodo transitorio  habrá pasado de 65 a 67 años y que se aplicará a razón de un mes más por cada año, hasta 2018 y dos meses  hasta concluir en 2027.
Así, la regla determina que se considerará un mes de fecha a fecha, teniendo como referencia la de cumplimiento de la edad legal (65 más un mes, 65 más dos meses, etc.).

Asimismo se unifica la fórmula para fijar los periodos de cotización exigibles que de acuerdo con la ley 27/2011 pasarán a contabilizarse por años y meses tanto para determinar la edad como la cuantía de las pensiones.
Además, el decreto concreta también los requisitos relacionado con las excepciones en la ampliación del periodo de cálculo hasta 25 años en 2022. Como dicha ampliación pude resultar más favorable para aquellos trabajadores que, en la última fase de su vida laboral hayan incurrido en situaciones de desempleo, la propia ley contemplaba la posibilidad de aplicar directamente la ampliación de periodo completo.

Este Real Decreto clarifica las circunstancias que han de concurrir para que un trabajador que, a partir de una determinada edad, ha visto reducidas sus bases de cotización por la razón de extinción involuntaria de la relación laboral, pueda optar por que su pensión se calcule directamente sobre 20 o 25 años sin necesidad de aplicar el periodo transitorio que contempla la ley.
Por otro lado, especifica los supuestos en los que el trabajador deba ajustarse a la legislación anterior en el acceso a la jubilación. En esta situación se encuentran quienes extingan su relación laboral antes o después del 1 de enero por acuerdos de empresa, convenio colectivo o ERE, suscritos o aprobados antes del 1 de agosto de 2012.

Cuidado de hijos
El Real Decreto hoy aprobado desarrolla y concreta la mejora de los periodos considerados como cotizados a mujeres y hombres por hijos o menores acogidos, recogida en la ley 27/2011. Es el caso de las personas que por nacimiento o adopción vieron interrumpida su cotización al extinguirse la relación laboral o finalizar el cobro de prestaciones de desempleo coincidiendo con el nacimiento de sus hijos.
En este sentido, el desarrollo reglamentario despeja cualquier duda en cuanto a la compatibilidad de la aplicación del beneficio por cuidado de hijos con los periodos asimilados por parto y con los de cotización efectiva derivados de la situación de excedencia.
Asimismo establece un tratamiento de la asimilación a periodo cotizado muy positiva, puesto que, aunque cabían otras posibilidades, el Real decreto opta por tomar como base de cotización el promedio de las bases de cotización de los 6 meses anteriores.



http://prensa.empleo.gob.es/WebPrensa/noticias/seguridadsocial/detalle/1836

Qué hay que saber de la reforma de las pensiones que entra hoy en vigor

En 2013 tendrá que tener 65 años y un mes de edad o 65 años y 35 años y tres meses cotizados para jubilarse con el 100% de la pensión
Para una carrera de 35 años cotizados, la edad legal de jubilación será a los 67
Los parados mayores de 55 años ya pueden solicitar que se les calcule la prestación hasta con 25 años de vida laboral


Cuadro pensiones edad
Cuadro pensiones edad
Año nuevo, nuevas pensiones. El 1 de enero entra en vigor la última reforma de las pensiones que aprobó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero con el visto bueno de los agentes sociales y del resto de formaciones políticas. La ley comienza hoy a ponerse en práctica, excepto en los capítulos referidos a jubilación anticipada y jubilación parcial que el Ejecutivo de Rajoy ha suspendido para reformular de forma más restrictiva en los próximos tres meses.
El espíritu de la reforma es que será necesario cotizar más para poder jubilarse a los 65 y que se premia a las largas carreras de cotización. Según los cálculos de la OCDE, de media la prestación de un español se verá mermada en un 9% con la aplicación de la ley, aunque la casuística es demasiado compleja para generalizar. También se añaden novedades importantes respecto a huérfanos y madres. Estos son los principales cambios, pero no dude en consultar en la Seguridad Social sobre la aplicación de su caso particular:

¿Cuál será la edad legal de jubilación?

En 2027 convivirán dos edades legales de jubilación. La de 65 años, para los que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar esta cifra que se define como "carrera laboral completa". Así, para calcular la edad en la que se puede acceder a la jubilación cobrando la prestación completa habrá que combinar dos variables: la edad biológica y la vida laboral.

¿Cuánto hay que cotizar para cobrar toda la pensión?

Hasta ahora se exigían 35 años para disfrutar la jubilación completa con la edad de 65 años. La cifra se desplaza hasta los 37 años cotizados para poder gozar del cobro de la prestación sin ninguna penalización, aunque sea a los 67 años.

Me jubilo este año. ¿Me afecta ya la reforma?

Sí. Tendrá que jubilarse a los 65 años y un mes (no al día siguiente de su cumpleaños como hasta ahora) si tiene menos de 35 años y tres meses cotizados. Si ya ha superado los 35 años de cotización en tres meses, podrá celebrar su aniversario con el retiro, como hasta ahora.

Pues a mí me toca jubilarme en mitad del periodo transitorio. ¿Cómo hago mis cálculos?

Para calcular cuándo se podrá retirar cobrando la prestación completa debe combinar las dos variables. Se ha estipulado que hasta 2018 la edad vaya aumentado a razón de un mes por año, hasta que llegue a los 65 años y seis meses. A partir de ese año, la edad para jubilarse crecerá en dos meses anuales, para que llegue a los 67 años en 2027. En el caso de los años cotizados, el periodo transitorio se calcula en trimestres. Si 2013 arranca con el mínimo exigido de 35 años y tres meses cotizados, en 2020 se habrá aumentado ya hasta los 37 años para finalizar, siempre a razón de tres meses anuales, en 38 con seis meses en 2027.

Empecé a trabajar muy joven, así que me quiero jubilar antes de los 65 años. ¿Cómo me penalizan?

Este es uno de los puntos que se ha quedado suspendido este mismo viernes y que no se resolverá hasta el segundo trimestre de 2013. La reforma pactada incluía una nueva figura de "jubilación anticipada voluntaria" que permitía acceder al retiro a los 63 años con una carrera de cotización mínima de 33 años. Las penalizaciones eran lo suficientemente elevadas como para que el sistema no se resintiera y se consideraba que el efecto era "neutro". Sin embargo, el Ejecutivo quiere acercar la cifra de jubilación real a los 65 años como una victoria frente a Bruselas, por encima del coste real que supone la posibilidad de jubilarse de forma anticipada.

Me despidieron hace un par de años. ¿Me puedo jubilar a los 61 años como hasta ahora?

La reforma contempla que se apliquen los criterios de la legislación anterior en caso de trabajadores despedidos antes de agosto de 2011. Si cumple esta condición, tiene 61 años y más de 30 cotizados se podrá seguir retirando como hasta ahora, lo cual ya incluía cierta penalización. Para los que hayan sido despedido después de esa fecha y estén aún cobrando el desempleo, también se queda pendiente la reformulación de los nuevos requisitos para la jubilación. Inicialmente, se habían endurecido los requisitos, exigiendo un mínimo de 33 años cotizados, haber estado al menos seis meses en desempleo y que se demostrara que el despido había sido por causas económicas. No está claro qué cambios introducirá ahora el Gobierno.

¿Siguen cogiendo los últimos 15 años de vida laboral para calcular mi pensión?

No, este es otro de los cambios que más pueden afectar a la cuantía de lo que se cobra. Hasta ahora, se tomaban los últimos 15 años cotizados para calcular la prestación, pero en 2027 este periodo se habrá alargado hasta los 25 años. El aumento será algo más brusco, a razón de un año natural más hasta 2022.

Me despidieron en la crisis y mi base de cotización ha caído radicalmente en los últimos años previos a la jubilación. ¿Puedo acogerme ya al nuevo cálculo de la cuantía?

La ampliación de la base de cálculo afecta de forma desigual a los trabajadores pero sí favorece a los que por distintas circunstancias han visto menguar sus ingresos por encima de los 55 años. Así, el Ejecutivo ha diseñado un plan especial para los mayores de 55 años que perdieron el empleo de forma involuntaria. Si acceden a la jubilación entre 2013 y 2018 podrán pedir que se les computen hasta 20 años de vida laboral para el cálculo de la prestación, y desde 2013 a 2018 ya les será posible solicitar que se calcule con 25 años de cotización. Además, se ha dispuesto que las lagunas de cotización se puedan completar con las bases de los periodos de cotización más favorables.

En mi caso, ya tengo 65 años y me apetece seguir trabajando. ¿Cambia algo?

Pues si pese a tener una larga vida laboral, quiere usted, y lo que es más importante, puede en su trabajo seguir desempeñando sus funciones por encima de los 65 años, la reforma premia su permanencia en el sistema. Así, si supera la edad legal de jubilación vigente en cada momento, con más de 37 años cotizados recibirá una gratificación del 4% anual por cada año de más que trabaje. Si había cotizado entre 25 y 37 años, la prima será de un 2,75% anual y para carreras cortas inferiores a 25 años, un 2% anual (que se compensa con la aplicación del resto de las medidas).

No he cotizado algunos años porque me dediqué a cuidar a mis hijos

Esta es una de las principales mejoras que contempla la reforma. Así, se le podrá reconocer a los progenitores (se aplica a los hombres de forma particular porque no puede contarse el periodo de embarazo), las lagunas de cotización próximas al nacimiento o adopción de un hijo. También se reconoce por completo el periodo de excedencia por cuidado de hijo al que se le imputará la base de cotización anterior a tomar el permiso. Actualmente, a las mujeres trabajadoras se les computa con carácter general 112 días por cada parto. Con la nueva ley, las lagunas de cotización que se produzcan por extinción de la relación laboral o de la prestación por desempleo entre los nueve meses anteriores al nacimiento, o los tres anteriores a la adopción o acogimiento permanente, y la finalización del sexto año posterior a dicha situación, se considerarán cotizados. Desde 2013 hasta 2019 se irá incrementando el período hasta alcanzar los 270 días por hijo.

Otros cambios:

  • Los huérfanos podrán seguir percibiendo la pensión hasta los 25 años si no tienen un trabajo remunerado por encima del Salario Mínimo Interprofesional. Por regla general la pensión de orfandad pasa a cobrarse hasta los 21 años.
  • Se reconoce como cotizado el periodo de beca.
  • La jubilación parcial puede desaparecer si el Ejecutivo lo acuerda en los próximos tres meses con los grupos políticos.
  • El Ejecutivo quiere aprobar en el primer semestre de 2013 un tipo de factor de sostenibilidad que ligue la esperanza de vida con el cobro de la pensión. A priori el factor operaría a partir de 2027 pero es posible que se ponga en marcha antes.