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domingo, 25 de mayo de 2014

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La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena a La Caixa

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena a La Caixa por la que deberá abonar el importe de las liquidaciones negativas y la cancelación a una pareja. La entidad les vendió la permuta sin ningún riesgo.

Una pareja de afectados por las permutas financieras de La Caixa ha logrado que la Audiencia de Barcelona les vuelva a dar la razón en la nulidad de su contrato. Los magistrados tienen claro que la entidad financiera vendió el producto como un privilegio beneficioso que se les concedió por ser clientes de La Caixa.
Sin embargo, la sentencia dictada por la sección 13ª de la Audiencia afirma que la contratación de la permuta financiera produjo un riesgo para los afectados en vez de la cobertura publicitada por el banco. Los magistrados consideran que es un riesgo por parte del banco hacer creer que los tipos de interés no bajarían del 5,59%.
La gratuidad que La Caixa vendió a sus clientes no era tal, afirman los magistrados. La entidad engañó a los clientes en el contrato que firmaron. En él, se incluía que “el cliente no habrá de satisfacer al banco comisión ni penalización alguna por la resolución del contrato”, algo que no se produjo ya que los clientes tuvieron que abonar 13.158€ por la cancelación del contrato. La Caixa fue “incapaz de explicar satisfactoriamente” el cálculo del coste.
Además, La Caixa también ha sido condenada en Barcelona por una permuta colocada por la Caixa de Girona a otro cliente particular.

Dirección letrada: Arcadi Sala-Planell
Banco: CaixaBank, S.A. (La Caixa)
Producto: Permuta financiera tipo de interés
Perfil: Particular
PDF 1ª Instancia: S_120613_CAIXABANK_JPI44_BARCELONA_PART_SIN.pdf
PDF Audiencia:S_131218_CAIXABANK_AP13_BARCELONA_CONFIRMA_120613_JPI44_BARCELONA_PART_SIN.pdf

Dirección letrada: Arcadi Sala-Planell
Banco: CaixaBank, S.A. (Caixa d’Estalvis Girona)
Producto: Permuta financiera tipo de interés
Perfil: Particular
PDF: S_131218_CAIXABANK_CESTALVISGIRONA_JPI49_BARCELONA_PART_SIN.pdf
ASUAPEDEFIN
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viernes, 2 de agosto de 2013

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Condena a CaixaBank "La Caixa" en Leganés

El Juzgado ha mencionado los fallos de Reino Unido y Alemania que condenan la colocación fraudulenta de swaps en una sentencia más del letrado asturiano Marcelino Tamargo.

La Caixa (slide)
El Juzgado de Primera Instancia número tres de Leganés ha declarado la nulidad de un contrato swap suscrito por dos particulares en 2008. La Caixa no informó correctamente del funcionamiento y riesgos que suponía el producto. ¿Y que ha pasado con los compañeros que intermediaron en esta operación?, ¿Cual ha sido el tratamiento que la empresa ha procesado con el o ella?. 

A la hora de la verdad estamos solos ante la ley, así que mucho cuidadito con la norma y la legalidad, y a paseo los objetivos y las presiones en el tratamiento a nuestros clientes, porque insistimos A LA HORA DE LA VERDAD ESTAMOS SÓLOS ANTE LA LEY

Los demandantes aceptaron el contrato pensando que se trataba de una cobertura frente a la subida de los tipos de interés. En ningún momento se les realizó ninguna simulación sobre los distintos escenarios de evolución del producto. Tampoco se explicó el riesgo de liquidaciones en caso de bajada de los tipos ni la cantidad que podía alcanzar el coste de cancelación. Solo se realizó un test de conveniencia que ha sido calificado por el Juez como genérico, sin aclaraciones o información complementaria que ayudara al cliente a entender por qué tipo de conocimientos se le consultaba.

El único documento aportado por la entidad ha sido una ficha del producto denominada “coberturas de tipo de interés” con una serie de características genéricas para todo tipo de operaciones y que desde luego no permite individualizar la operación concreta y ni si quiera que pueda ser aplicables a este tipo de contrato.

Por ello, la sentencia ha estimado la existencia de error y vicio en el consentimiento durante la contratación del producto, obligando a La Caixa a reembolsar las liquidaciones negativas ejecutadas a los dos afectados.

Asimismo, el Juez ha mencionado el fallo de la Corte Federal Alemana que advierte de la obligación que tienen los bancos de informar al cliente del desequilibrio entre en relación al riesgo y oportunidad de cada una de las partes a la hora de suscribir un swap.

Además, se reseña otros casos internacionales como las condenas en Reino Unido a los bancos por colocación fraudulenta y engañosa de swaps a pymes (misselling).
[Fuente: ASUAPEDEFIN]

Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.Banco: Bankinter.Producto: Swaps.Perfil: Particular.PDF:S_130311_LACAIXA_JPI3_LEGANES_particular_sin.pdf


BASTA YA DE FORZAR Y OBLIGAR A TRABAJAR FUERA DE HORARIOS EN CAIXABANK "LA CAIXA"

miércoles, 24 de julio de 2013

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La justicia desestima una demanda de La Caixa (CaixaBank) y le obliga a la devolución de lo cobrado

La Caixa presentó un test de idoneidad firmado únicamente por la ella ante la justicia. Tampoco pudo demostrar que aportó a su clienta la finalidad, alcance y consecuencias de la permuta financiera.


La Caixa ha sido condenada al pago de más de 1.000 euros a una clienta particular a la que colocó una permuta financiera de intereses en julio de 2008. Además de que la justicia decretase la nulidad del contrato firmado entre ambas partes, desestimó la demanda reconvencional que la entidad puso a su clienta.
Para el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona, La Caixa no demostró que su clienta recibiera la información sobre “el sentido, finalidad, alcance y riesgos del contrato que estaba firmando”. Por ello,el magistrado afirma que la falta de información llevó a la afectada a contratar el producto bajo un error esencial.
Además, el test de idoneidad que realizaron y que La Caixa aportó al juicio únicamente estaba formado por la entidad financiera, por lo que la una de las finalidades, la de informar, no se cumplió con él. La Caixa ocultó las consecuencias de la permuta financiera así como el hecho de que la afectada tuviese que pagar más dinero si se producía una caída de los tipos de interés.

Dirección letrada: Arcadi-Sala Planell
Banco: CaixaBank, S.A.U. (La Caixa)
Producto: Permuta financiera interés
[Fuente: ASUAPEDEFIN]

sábado, 9 de febrero de 2013

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Caixabank es condenada en Santander

Caixabank comercializó el swap sin informar correctamente acerca del producto. El Juez destaca la falta de claridad y ambigüedad del contrato, que no permitía al cliente entender el producto aunque leyera el contrato.

El Juzgado de Primera Instancia número tres de Santander ha declarado nulo un contrato swap suscrito por un cliente particular por existencia de error y vicio en el consentimiento.
SucursaLaCaixa
La entidad presentó al cliente como una cobertura para su préstamo con el que lograría fijar los tipos del Euribor, algo que apoyaba la publicidad que anunciaba la permuta en las sucursales. La oferta era descrita como un producto especial y limitado para clientes de la entidad.
Durante la contratación no se realizó ningún tipo de simulación de escenarios en los que se pudiera ver el funcionamiento del IRS según las diferentes posibilidades de evolución del Euribor. En el contrato se hacían ciertas referencias a las consecuencias de las subidas y bajadas de los tipos, pero siempre de forma complicada e inaccesible para los profanos en el mundo financiero.
Al cliente, con estudios en FP, no se le realizó ningún test de conveniencia o idoneidad para comprobar si el producto se adaptaba a sus necesidades. Por supuesto, la calificación del afectado es la de minorista, sin ningún tipo de experiencia en estos productos financieros complejos.
Por último, tampoco se habló del coste de cancelación del producto, por lo que el cliente asumió que este era un producto absolutamente gratuito del que podía desvincularse en cualquier momento sin ninguna repercusión.

Dirección Letrada: Pilar Lanza
Banco: Caixabank (La Caixa)
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF:S_130108_CAIXABANK_JPI3_SANTANDER_PARTICULAR_SIN.pdf
(Gracias ASUAPEDEFIN)

jueves, 24 de enero de 2013

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Otra sentencia contra CAN (Banca Cívica (CaixaBank))

La falta de información en todos los aspectos impidió que el cliente conociese con claridad lo qué era lo qué le podía suponer la contratación de una permuta financiera. La Audiencia Provincial de Barcelona ha vuelto a dar la razón y la CAN (Banca Cívica / La Caixa) deberá darle los más de 8.000 euros que abonó.

Caja de Ahorros de Navarra
La Caja de Ahorros de Navarra ha sido condenada por la Audiencia de Barcelona por la venta de permutas financieras sin la información debida y necesaria a sus clientes. En este caso, un Jorge Herránz firmó un contrato de swap que le produjo unas pérdidas de 6.086 euros que ahora recuperará.
Caja de Ahorros de Navarra (CAN), entidad ahora perteneciente a La Caixa, no dio en ningún momento información a Herránz, calificado por los magistrados como “minorista”. Según la sección 19 de la Audiencia, la CAN no pudo aportar durante el juicio los test de conveniencia e idoneidad que debía haber realizado con anterioridad a la contratación del swap.
Para los magistrados es imposible que la entidad bancaria hubiese explicado las características de la permuta financiera antes de la contratación, pues la firma del contrato se hizo el mismo día que la firma del contrato de préstamo.
Además como se puede leer en la sentencia, la caja navarra siemprevendió el producto con un escenario alcista en los tipos de interés; pero nunca una posible bajada, por lo que el cliente ignoró las posibles consecuencias negativas que podría tener para él la permuta financiera. Tampoco supo los gastos que le podía suponer una cancelación anticipada del producto.
De esta manera, se confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona, en la que se desestimó la demanda de la CAN. En ella, el banco demandó a Herránz por dejar de pagar las liquidaciones del swap, sin embargo éste pidió y logró la reconvención.
Herránz era socio de un despacho de abogados que se encargaba de la reclamaciones judiciales contra la CAN. Por ello, era cliente de la Caja Navarra desde 1994. En octubre de 2008, el director de su sucursal le ofreció el swap y, debido a la confianza que había adquirido con la entidad, firmó el contrato.
De esta forma, un nuevo socio de ASUAPEDEFIN logra recuperar el dinero que tuvo que pagar al banco por las liquidaciones derivadas de las permutas financieras. Desde ASUAPEDEFIN y APYMIFID continua la lucha judicial para que todos los afectados puedan recuperar su dinero.

Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Perito: David García Muntané
Banco: Caja de Ahorros de Navara (La Caixa-CaixaBank)
Producto: Swap tipos de interés
Perfil: Particular (Abogado)
PDF 1ª Instancia:S_110509_CAN_JPI22_BARCELONA_PART_SIN.pdf
PDF Audiencia:S_121219_CAN_AP19_BARCELONA_CONFIRMA_110509_CAN_JPI22_

miércoles, 17 de octubre de 2012

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La Audiencia Provincial de Asturias condena a La Caixa por un IRS

La Audiencia de Asturias vuelve a condenar la colocación de permutas financieras. En este caso ha confirmado la anulación de un IRS del La Caixa a cliente particular. Para los magistrados la ausencia de información sobre los aspectos principales del contrato, produjo un conocimiento equivocado sobre el riesgo que asumía con la permuta.

Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la condena a La Caixa por la colocación de una permuta financiera a un particular. De esta manera, la entidad financiera deberá devolver más de 5.000 euros a su cliente derivados de las liquidaciones del IRS y anular el contrato entre las partes.
Para la sección quinta de la Audiencia de Oviedo, las ausencias de información por parte de La Caixa “sobre los aspectos principales del contrato y el producto provocaron en el cliente un “conocimiento equivocado sobre el verdadero riesgo que asumía. Esto para los magistrados es un elemento esencial para invalidar el consentimiento del acuerdo.
La Caixa alegó en su apelación que la ausencia de información sobre el producto que quedaba “subsanada” por la lectura del contrato. Sin embargo, la sala cree que no puede quedar solventada con una parte del contrato en el que no se menciona la posibilidad de que el cliente pueda pagar alguna cantidad.
Según la sentencia, en el contrato no se indicaba en ningún lugar “cuáles eran los cálculos sobre las liquidaciones o cómo se hacían”. Además, La Caixa no pudo presentar durante el juicio los ejemplos sobre las simulaciones en los diferentes escenarios del producto.
Los magistrados afirman que el cliente no es “minorista, sino un particular” que no tiene nada que ver profesionalmente con “el mundo de las inversiones”. Por ello, determinan que con la “máxima contundencia” que las características especulativas del producto se “deba maximizar el deber de información exigible al banco. Con ello, esta sentencia confirma la emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pola de Siero.

Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: CaixaBank (La Caixa)
Producto: IRS
Perfil: Particular


Cópia de la Sentencia : Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pola de Siero.
Gracias ASUAPEDEFIN